El empleador o empleadora deberá iniciar las acciones de control en el ambiente de trabajo cuando la concentración ambiental de la sustancia en cuestión o el nivel de intensidad del engendro físico sea superior al cincuenta por ciento (50%) del Nivel Técnico de Relato de Exposición correspondiente.» Solicitar documento https://irvingf653gpt6.thechapblog.com/profile