Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios o cuya velocidad máxima por construcción no exceda de forty five km/h. Buenas Admin, acabo de checkear con la DGT, y no se podra recuperar https://licenciadeconducir.org